Ivette Durán Calderón
La oficina de investigación del Congreso estadounidense indica que la estrategia de combate a los pandilleros y mareros forma parte de la Iniciativa Mérida, debido a que el problema de las pandillas y sus alianzas con el narcotráfico y crimen organizado se ha convertido en una amenaza hemisférica.
No deja de inquietar la noticia difundida a finales del mes de abril, anunciando que el gobierno norteamericano deportará a México y países de Centroamérica a los miembros de pandillas delincuenciales que hayan ingresado de manera ilegal a territorio estadounidense, asimismo, enviará la información necesaria a las autoridades de esos países para evitar que estas personas continúen cometiendo delitos.
Lo cual significa que ésta será una segunda partida de deportados, puesto que otra anterior, estaba compuesta exclusivamente por delincuentes con estatus migratorio regular o irregular, en palabras coloquiales: legales e ilegales, pero con antecedentes delictivos.
Como están las cosas debido a la delincuentización de los inmigrantes en Arizona, tal parece que se ha visto la necesidad de deshacerse de la lacra delincuencial inmigrante pero, especialmente latinoamericana, concretamente mexicanos y centroamericanos que son los que mayoritariamente conforman las bandas delincuenciales muy cercanas al crimen organizado.
No se trata de inmigrofobia sino más bien de seguridad ciudadana, es por ello que la Oficina de Gobernabilidad del Congreso estadounidense pidió que las agencias de la ley coordinen más y mejor entre ellas, para lograr frenar y combatir a las bandas callejeras que trabajan con los cárteles del narcotráfico mexicanos.
En un reciente reporte de la oficina de investigación del Congreso estadounidense The U.S. Government Accountability Office (GAO, por sus siglas en inglés) se indica además, que la estrategia de combate a los pandilleros y mareros forma parte de la Iniciativa Mérida (1), debido a que el problema de las pandillas y sus alianzas con el narcotráfico se ha convertido en una amenaza hemisférica.
La GAO precisa que pandillas estadounidenses de origen latino ya operan del lado mexicano, tanto en la zona fronteriza como en ciudades del interior, tal es el caso de aquellas conocidas como Hermanos de Pistoleros Latinos, Florencia 13, Latin Kings, Barrio Azteca, Mexikanemi, El Sindicato de Texas, y Club de Vagos en Motocicletas.
Además de estar involucrados en el tráfico de drogas, las pandillas transnacionales están involucradas en delitos transfronterizos que incluyen tráfico de indocumentados, secuestro y extorsión, refiere el reporte.
La repatriación, conocida coloquialmente entre las agencias estadounidenses como removal, (ley remover para algunos hispanos) (2) implicará la disminución del tiempo de deportación de los pandilleros ilegales de Estados Unidos a su país de origen, con lo cual se reducirán los costos.
Mediante mecanismos electrónicos, el gobierno de Estados Unidos enviará la información a las oficinas consulares de los países de origen de los pandilleros, y esas autoridades podrán firmar digitalmente los requerimientos, con lo cual se reducirá el tiempo ( entre cinco a siete días) que los ilegales pasen en los lugares de detención.
Además, menciona dicha fuente, los pandilleros serán sujetos a toma de huellas e información que será proporcionada a los países donde serán repatriados con el propósito de ayudar a la reintegración o reinserción de los individuos repatriados.
La GAO solicita al gobierno de Estados Unidos que las agencias del Departamento de Estado, del Departamento de Justicia, y de Seguridad Interna, revisen la estrategia de combate contra las pandillas de origen mexicano y centroamericano, asimismo, pide que intercambien información para tener un mejor control de resultados y con ello establecer ajustes necesarios para poder combatir con éxito a las pandillas transnacionales.
La estrategia está también diseñada para tener un alcance regional, con EE.UU. trabajando con los otros países afectados por las pandillas para evitar transferir el problema pandillero a los países vecinos.
El reporte no especifica si existen partidas presupuestarias especiales para entidades carcelarias o para el tratamiento de reintegración y reinserción de los pandilleros en sus países de origen, pero refiere que existe apoyo para programas sociales a través de la Iniciativa Mérida para México y Centroamérica.
Nos estamos refiriendo a miles de posibles deportados que al retornar a sus países no solamente se sentirán absolutamente desarraigados, sin trabajo ni las garantías sociales de poder obtenerlo, lo cual podría conllevar a que continúen con sus actividades delincuenciales y traten de fortalecer sus bandas organizadas.
Aún no se habló de ningún Plan de Prevención y Alerta Temprana para que los países receptores de su propia gente deportada pueda estar preparada ya que no se trata de gente repatriada o deportada común, sino de gente avezada y en su mayoría altamente peligrosa.
Al no encontrar espacio en su propio suelo surgirá de inmediato la migración interna, en sus propios países, luego emigrarán hacia los países vecinos y posiblemente hacia Sudamérica particularmente Argentina y Perú donde se ha percibido brotes aún incipientes , pero ya existen, de estos delincuentes.
A muchos de ellos Sudamérica les parecerá poca cosa, al estar acostumbrados a grandes urbes y otro tipo de vida, por ello en es búsqueda constante de sobrevivir, Europa es un atractivo interesante a través de la puerta principal de España, país que para muchos se convertirá o en su segunda patria o en su lugar de fechorías, habida cuenta de la magnánima ley de extranjería frecuentemente modificada o enmendada que se ha tornado en permisiva pese a que se ha pretendido criminalizar a los inmigrantes en muchos lugares.
Mientras, en España, de manera concreta, están muy ocupados revisando las disposiciones internas de cada comunidad para que puedan complementarse entre sí y su aplicabilidad sea efectiva para regularizar a los inmigrantes, los cuales siempre encuentran la manera de obtener el tan ansiado permiso de trabajo y residencia ya sea por la vía familiar (reagrupación) o social (arraigo). Tan es así, que lenta y silencionsamente continúan ingresando como turistas todos los ciudadnos de aquellos paíse que no necesitan visado expreso para ingresar a territorio español, y al cabo de tres mimetizados meses de permanencia continuada, obtienen su regularización por la vía del arraigo social u otras que la propia ley les facilita. Tendrán muchos de ellos el tiempo suficiente para socializarse o para preparar el terreno y esperar a sus compañeros, secuaces, socios o como prefieran llamarse, si en tanto, no han cometido algún atroz y violento delito.
En aquellos países inexplicablemente les resulta muy fácil obtener la certificación de Buena Conducta , Antecedentes Policiales y Penales, Record Policial o Pasado Judicial sin tacha alguna, por lo que es posible que muchos de aquellos deportados de Estados Unidos sean los nuevos inmigrantes de España y Europa, ¿Se cuentan con las políticas de acción claramente definidas para actuar?. Esperemos que así sea, por lo menos es lo que está demostrando la policiía española con su grupo contra las Bandas Emergentes de Valencia, quienes recientemente han concluído un curso sobre “Nuevas Tendencias Delictivas” , aunque siempre tratan de las bandas llamadas por ellos mismos “históricas” refiriéndose a los Latin King y a los Ñetas, las cuales habrían sido descabezadas y la dispersión de sus cuadros menores e intermedios las habría debilitado y según su propia versión : "No se puede hablar ni de número de bandas, ni de pandilleros; los grupos nacen, se disuelven, se integran en otros. Los cambios son rápidos y constantes" (3), sin embargo nada se dice aún acerca de las temibles maras.LIVDUCA/La Voz del Inmigrante
(1) La Iniciativa Mérida es un esquema de cooperación bilateral entre México y EUA para combatir más eficaz y exitosamente a la delincuencia organizada transnacional, en particular al narcotráfico.
(2) La ley de 1996 de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante (Ley IIRIRA de 1996) estipula que todos los procedimientos de remoción no expeditiva que se inicien el primero de abril y después de esa fecha, deben realizarse mediante un procedimiento unificado. El nuevo procedimiento se denominará "proceso de remoción" y estará regido por la Sección 240 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Este consolida los procedimientos anteriores de exclusión y deportación y limita los méritos para eximir de la remoción.
Removal: A legal proceeding, commonly known as "deportation," that is conducted before a special immigration judge to decide whether or not an immigrant will be allowed to enter or remain in the country. While, generally speaking, a person who is already in the U.S. cannot be expelled without first going through a removal hearing, someone arriving at the border or a port of entry can be forced to leave without a hearing or ever seeing a judge. Those who are deported are barred from returning to the United States for at least five years unless the Immigration and Naturalization Service (INS) grants a special waiver.
Removal proceedings are used by Immigration to try to deport noncitizens Immigration believes is not entitled to stay in the US, or to keep out noncitizens people that Immigration believes do not have a right to enter the US. Removal proceedings take place in special Immigration Courts located in many states in the US. Removal proceedings used to be called "deportation proceedings" or "exclusion proceedings."
Antes de la nueva ley que se conoce como IIRIRA, había dos tipos de procedimiento, que eran 'deportation' o deportación, aplicable a personas que habían entrado legalmente a los EEUU pero que luego su visa había expirado, y exclusion o exclusión, que se refería a gente que había entrado sin visa. Unos y otros tenían derechos diferentes.
En 1996 al cambiar la ley con el IIRIRA, que fue una ley supuestamente anti-terrorista, se empezó a usar la palabra 'removal' que hasta cierto punto era una mezcla de ambos recursos anteriores.
Lo malo de traducirlos de la misma forma es que para algunas cosas ambos procedimientos tienen el mismo resultado, y para otros no. Por ejemplo, una persona que pide asilo político (es decir, entra sin papeles pero exige asilo basado en la persecución política o religiosa) técnicamente sigue un tipo diferente de juicio que una persona que entró con visa de turista, y luego no se fue a su debido tiempo, y lo enjuician para deportarlo. El procedimiento es diferente, los derechos o recursos también lo son.
Como todavía hay personas que tienen derechos diferentes dependiendo de lal forma de su entrada, nunca debemos traducir removal como deportación, aunque se pudiera decir que la deportación es un tipo de 'removal.'
El resultado para el infeliz que cae en las garras de inmigración, si pierde su caso, es el mismo; lo devuelven por la fuerza o a su país de nacimiento, o a otro país de su elección que lo acepte... siempre y cuando los EEUU tengan relaciones diplomáticas con dicho país.
En una pregunta anterior que contesté sobre este tipo contesté exclusión, pero hoy buscando más información al respecto encontré una nota en el foro de wordforum que me parece muy buena.
"Soy intérprete judicial en el tribunal federal, y el término que preferimos para "removal" es "repatriación". Por lo tanto sería "proceso de repatriación". También se dice "traslado forzoso" pero después para "repatriar" hay que decir "trasladar forzosamente" que suena feo. También se usa "expulsión".
(3) http://www.levante-emv.com/sucesos/2010/05/05/presion-policial-pone-fuga-pandilleros-bandas-latinas-valencia/702374.html